Permiso Recolector Vinculado

3,00 100,00 

Recuerda traer el certificado de empadronamiento (de al menos UN año de antiguedad) a las oficinas del Ayuntamiento cuando vengas a hacer el pago.

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Descripción

Recuerda traer el certificado de empadronamiento (de al menos UN año de antiguedad) a las oficinas del Ayuntamiento cuando vengas a hacer el pago.

Con el fin de dar cumplimiento a lo que dispone el artículo 59 del PORN del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, de forma excepcional y exclusivamente para este tipo de aprovechamiento, se entiende como población vinculada a la formada todos aquellos vecinos empadronados en los términos municipales que conforman el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional definida por el artículo 5 de la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Los titulares de este derecho podrán obtener un permiso de recolección por persona, de UN DÍA, DOS DÍAS consecutivos o TEMPORADA completa, Estableciéndose dos tipos de permisos con las siguientes características:

Permiso intensivo: Permite a su titular recolectar, únicamente las siguientes especies y pesos: 10 kg/persona/día para Seta de cardo (Pleurotus eryngii) y Perrechicos (Calocybe gambosa); 20 kg/persona/día para Boletus gr. edulis, Lactarius deliciosus y 30 kg/persona/día para el resto de especies o mezcla de ellas. En ningún caso el volumen total de especies recolectadas podrá superar los 30 kg/persona/día.

Permiso recreativo: Por el que se permite recolectar cualquier especie contemplada en el cuadro hasta un máximo de 10 kg/persona/día.

Solicitud de permisos:
En las oficinas del Ayuntamiento de Rascafría, de lunes a viernes de 8 a 15 horas.

Consulta aquí la normativa.

Información adicional

Tipo

Intensivo, Recreativo

Duración

1 día, 2 días, Temporada